¿QUÉ TIPO DE PERMISO NECESITO PARA LA OBRA QUE QUIERO HACER?

En nuestro estudio de arquitectura, situado en Cartagena, una de las preguntas más frecuentes que recibimos es: ¿qué tipo de permiso necesito para hacer una reforma? Y la respuesta varía en función de determinados factores, entre ellos su impacto urbanístico.

El Ayuntamiento de Cartagena, distingue entre tres tipos principales de trámites: Comunicación Previa, Declaración Responsable y Licencia Urbanística. Te explicamos en qué consiste cada uno de ellos.

  1. Comunicación Previa en materia de urbanismo

La Comunicación Previa es el trámite más simple. Se utiliza para obras menores que no afectan a la estructura ni a elementos protegidos del edificio, y que no suponen un cambio en el uso ni en la morfología del inmueble.

¿Cuándo se aplica?

  • Sustitución de solados o alicatados.
  • Pintura de paramentos.
  • Instalación de carpintería exterior (si no modifica huecos).
  • Reparaciones simples sin impacto estructural.

¿Qué implica?

Solo se necesita pagar la tasa correspondiente y presentarlo al Ayuntamiento previo al inicio de las obras. No se requiere esperar a una resolución: se puede empezar una vez presentada.

  1. Declaración Responsable en materia de urbanismo

Es un procedimiento intermedio. Es necesaria la intervención de un arquitecto. Se usa cuando la actuación tiene mayor entidad que la comunicación previa, por ejemplo cualquier reforma integral en la que se modifiquen espacios e instalaciones, con demolición de tabiquería, pero no se hagan alteraciones de huecos en fachada, cambios estructurales o modificaciones sustanciales. 

¿Cuándo se aplica?

  • Reformas interiores en las que se modifique tabiquería, pero no afectan a estructura.
  • Instalaciones de climatización o energías renovables.
  • Apertura de negocios en locales que no requieren proyecto técnico complejo.
  • Cambios de uso sin obras estructurales.

¿Qué implica?

El arquitecto declara que cumple con la normativa urbanística y técnica, y bajo su responsabilidad, puede comenzar las obras tras presentar la documentación requerida. Es necesario un proyecto compuesto de memoria técnica, planos o estudio de gestión de residuos, entre otros. Además de la supervisión técnica y en materia de seguridad y salud por parte del arquitecto que suscribe dicho proyecto.

⚠️ Importante: aunque se puede comenzar la obra tras presentar la declaración, el Ayuntamiento puede inspeccionar y verificar que se cumple con la normativa.

  1. Licencia Urbanística

Es el trámite más exigente y formal. Se requiere para obras de nueva construcción, reformas estructurales, ampliaciones o actuaciones que afecten a la legalidad urbanística de manera significativa.

¿Cuándo se aplica?

  • Edificación de obra nueva.
  • Ampliación o modificación estructural.
  • Intervenciones en inmuebles catalogados o en el casco histórico.
  • Obras que afecten a fachadas en zonas protegidas.
  • Cambios de uso sustanciales.

¿Qué implica?

Se debe presentar por parte de un arquitecto un proyecto técnico completo visado por el Colegio de Arquitectos, y se necesita la aprobación del Ayuntamiento antes de iniciar cualquier obra. El plazo de resolución es más largo y depende del tipo de intervención.

¿CÓMO SABER QUE PERMISO NECESITAS?

En nuestro estudio de arquitectura ofrecemos un servicio de asesoría integral en tramitación urbanística, analizando cada caso concreto y elaborando la documentación necesaria para cada uno de los casos. Te ayudamos a evitar errores, evitar sanciones y a reducir los plazos para que puedas empezar tu obra con todas las garantías.

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Contáctanos y te orientamos en todo el proceso.

📍 Estamos en Carretera de Barrio Peral 2, 30300 Cartagena, y conocemos de primera mano los procedimientos y requisitos del Ayuntamiento.